20 de abril de 2026

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DNU: dictan otra cautelar contra la reforma laboral de Javier Milei

Una jueza hizo lugar a una medida cautelar reclamada por la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA) para suspender la aplicación de la reforma laboral incluida en el DNU del presidente Javier Milei. Se trata de la tercera cautelar concedida. La justicia laboral había amparado previamente un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y a otro de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).

La decisión fue adoptada por la jueza Nacional del Trabajo Silvia Garzini, en relación al planteo en el que se indicaba que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) incluía “la eliminación sin ningún tipo de fundamento del Estatuto del Viajante normado en la ley 14.546″, según surge de la resolución a la que accedió Télam.

La jueza citó en su resolución el fallo emitido la semana pasada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el caso iniciado por la CGT, el primero que suspendió el capítulo laboral del megadecreto del Gobierno de Milei.

En ese contexto, la jueza Garzini resolvió “hacer lugar a la medida cautelar pretendida y, en consecuencia, suspender preventivamente la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV -Trabajo- del decreto de necesidad y urgencia No 70/2023, título que incluye la derogación de la ley 14.546 (Estatuto del Viajante), en cuanto afecta a los trabajadores representados por la entidad gremial requirente, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presente actuaciones”.

Qué dice la reforma laboral de Milei que frenó la Cámara del Trabajo

La ley 14.546 fue dictada “a fin de regular una actividad con modalidades específicas y ha sido, a lo largo de estos años, respetada por las partes involucradas en la relación, sin que, ‘prima facie’, se avizore en los considerandos del decreto cuestionado que la especialidad del régimen que regula la actividad del viajante de comercio pudiera de forma trascendental afectar en materia social y/o económica, al extremo de haber sido derogada mediante un DNU”, sostuvo la jueza.

En la presentación de la FUVA se había señalado que, además de las limitaciones a la organización colectiva de los trabajadores, el DNU incluía la eliminación de plano de una categoría de trabajadores como son los viajantes vendedores.

Dos cautelares previas

Una semana atrás, la GCT y la CTA recurrieron a los tribunales para exigir la anulación del capítulo 4 del DNU 70. Y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo les dio la razón al hacer lugar a una medida cautelar. Es decir, suspendió por ahora la vigencia del DNU, solo en lo laboral, hasta que decida si la norma es constitucional.

En el caso de la cautelar dispuesta por la central sindical liderada por Héctor Daer, la decisión fue tomada por los camaristas Andrea García Vior y Alejandro Sudera, con la disidencia de la tercera integrante del tribunal, María Dora González. El argumento central del fallo es que no están acreditadas ni la necesidad ni la urgencia que justifiquen eludir al Congreso -que es el poder del Estado al que le corresponde legislar- para dictar un DNU con tan importantes medidas en materia laboral.

Con información de Télam.

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